La polémica por la automatización de las declaraciones de renta en personas naturales


Recientemente hay una ola de indignación en el gremio contable (aclaro que no soy contador, pero al ser tributarista, estoy íntimamente rodeado de la problemática contable), indignación ocasionada por las tarifas entre 40.000 y 100.000 pesos por la preparación de una declaración de renta de persona natural ofrecida por sistemas automatizados en internet.

De una manera transparente, que es la filosofía de este Blog, voy a contextualizar el tema de la manera más objetiva posible.

La automatización por medio de sistemas de la declaración es algo que ya existe en otros países con una estructura fiscal más organizada y con mejor recaudo tributario que Colombia. En países, incluso no muy lejanos como México y Brasil, la declaración de renta a las personas naturales se envía liquidada directamente al correo electrónico de los contribuyentes, es decir, la mayoría de los contribuyentes no tienen que contratar a un contador para preparar su declaración de renta, a no ser que no estén de acuerdo con la declaración sugerida por la administración tributaria.  


La declaración, simplemente es una gestión de la información de los hechos económicos ya configurados para efectos tributarios; es decir, haga el siguiente ejercicio mental, las declaraciones de renta de personas naturales que se presentan en la primera semana de agosto de 2018, corresponden al periodo gravable 2017 desde enero 1 a 31 de diciembre, es decir, usted declara en 2018 por los hechos que configuró en 2017; entonces, realmente en el momento de presentar la declaración, usted solo remite la información tributaria y calcula su tarifa sin ninguna posibilidad adicional, esto es así, porque el contribuyente no puede elegir libremente como depura su declaración de renta, ni que tratamiento le dará a sus hechos económicos, ya que existen normas estrictas para ello. Muchos contribuyentes manifiestan: mi contador es un “mago” porque me reduce el impuesto por pagar en la declaración y nunca he tenido problemas con la DIAN; personalmente me atrevería a decir que en la mayoría de los casos esa afirmación no es cierta, porque he estudiado sistemáticamente las normas tributarias y podría concluir con mucha seguridad que la declaración de renta es un ejercicio de adaptación de los hechos económicos a la normativa tributaria, sin prácticamente ninguna posibilidad legal de reducir el impuesto. 


¿Entonces por qué tantos contadores hacen “magia” y pueden reducir el impuesto por pagar tan fácil? La DIAN, de por sí, es una institución estatal ineficiente con carencias en aspectos técnicos, tecnológicos, de personal, entre otros. Y ante la escasez, solo centran sus controles frente a los contribuyentes que cuantitativamente más ingresos realicen, ya que no es lo mismo administrativamente fiscalizar a 100 contribuyentes que cada uno recibe ingresos anuales de 50 millones de pesos (total 5.000 millones), a fiscalizar a 1 contribuyente que genere el solo 5000 millones de pesos en ingresos anuales. Entonces, las personas que están en el lado oscuro de la fiscalización, históricamente al carecer de control, han hecho prácticamente en la declaración lo que les da la gana, por lo anterior, es común, que compren facturas falsas, utilicen deducciones que no corresponden, oculten ingresos, presenten pasivos inexistentes, costos sin soportes, operaciones simuladas, entre otros, ya que realmente para evadir como cualquier cosa es ilegal, la imaginación no tiene límites. En mi experiencia profesional, me he encontrado con declaraciones de renta nefastas sin un ápice de coherencia normativo-tributaria, pero que siempre pasan de “agache” en los controles de la DIAN. Incluso, la anterior conducta permisiva se acentúa más, ya que las personas naturales a diferencia de las jurídicas tienen muchos menos controles, entonces la administración tributaria no cuenta con tantas herramientas para investigarlos. Es por esa razón que los topes para declarar renta en cada reforma tributaria serán más bajos, porque cuantas más personas declaren, así en su declaración no tengan impuesto por pagar, la DIAN podrá ejercer mejor sus controles a la evasión.


Aunque durante los últimos años con las inversiones, sistematizaciones, factura electrónica, entre otros, que está desarrollando la DIAN, están cambiando las cosas, porque su sistema de control es cada vez más robusto para hacer cruces automáticos de información para controlar contribuyentes. Aunque, si les soy sincero, estamos a años luz de un sistema eficiente que persuada al contribuyente a cumplir sus obligaciones legalmente. La evasión en el eslabón más débil en la cadena, es decir, en personas naturales sigue siendo muy alta.


¿Por qué contextualizo la presente situación? Porque, concluyendo, una persona natural puede presentar una declaración con muchas irregularidades, pero si los ingresos son muy pocos, solo con que presente la declaración, así sea errónea, la DIAN generalmente se conforma con eso. Obvio es muy peligroso generalizar, pero hablando del riesgo basado en estadísticas, es muy bajo que lo investiguen. Si se analizan las sentencias del Consejo de Estado desde el año 2000 hasta la fecha, se puede concluir que la jurisprudencia por sanciones de inexactitud a personas naturales realmente es muy poca.


Aclaro que lo anterior aplica exclusivamente a personas naturales sin muchos ingresos (que son el 80 % de los contribuyentes que pertenecen a la categoría de personas naturales), porque la declaración de renta en una persona jurídica, sí compone un aspecto mucho más complejo y técnico que no cualquier persona puede hacer. Además, porque el riesgo de fiscalización es más alto.

En los últimos años han estado surgiendo programas sistematizados que preparan la renta de personas naturales por unos valores de alrededor de 60.000 pesos, mientras que un contador cobra alrededor de 300.000 pesos o más. La complejidad de la declaración en el 80 % de las personas naturales no justifica una gran asesoría, además, como ya mencioné, cualquier irregularidad a no ser que sea demasiado evidente pasa inadvertida al ser tan pequeña la cuantía; se desgasta más la DIAN haciendo una investigación a ese tipo de contribuyentes, que el recaudo efectivo neto que logra con dicho proceso. Entonces, realmente no hay mucha diferencia entre una u otra alternativa, incluso, porque hay contadores que ofrecen la declaración a valores cercanos a 50.000 o 70.000 pesos.


Personalmente he tenido la oportunidad de comparar declaraciones de personas naturales hechas por contadores y por sistemas automatizados, y dan impuestos por pagar muy similares. Empezando, porque la mayoría de los contadores, y más aún, los que están enfocados a servicios masivos de declaraciones, utilizan el programa Ayuda Renta de la DIAN o programas de terceros que depuran de una manera muy pedagógica la declaración, el usuario solo tiene que ingresar los valores y, el mismo programa depura la base con las tarifas y los limites generales contenidos en la norma. Los sistemas automatizados quizás no son perfectos, pero, repito, para el nivel de sujeción normativa que necesita un contribuyente de ese nivel es suficiente.


Si un contador se indigna porque la competencia cobra por una declaración de renta a personas naturales 40.000 pesos, es porque no tiene ningún valor que ofrecer a sus clientes más que llenar un formulario. Usted, puede hacerle una prueba a su contador, dígale que usted hace la declaración en el sistema automatizado, y que usted le paga un % sobre la optimización fundamentada legalmente que logre sobre la proyección de declaración que hace el sistema automatizado.


Muchos contadores dicen que los sistemas automatizados no responden cuando hay un requerimiento de la DIAN; es cierto, pero el contador tampoco responde con su patrimonio cuando la DIAN sanciona al contribuyente, excepcionalmente lo hace cuando es una conducta abiertamente ilegal; el que asume el riesgo mayor con su patrimonio siempre es el contribuyente. Además, los contadores tampoco pueden responder requerimientos especiales de la DIAN, competencia exclusiva designada por la ley al abogado.


El tema de declaraciones sugeridas a personas naturales, 
es decir, cuando la DIAN le envía a su correo el valor que debe pagar es un sistema que ya está en estudios iniciales en la DIAN, supondría, que en alrededor de 5 años cuando la facturación electrónica despliegue todo su potencial, ya que por dicho sistema también se registrara la nómina como lo demuestran las últimas normas expedidas al respecto.

El presente artículo no es una invitación a la evasión, ni es porque tenga algo en contra de mis colegas los contadores, de hecho, en mi gremio nativo el de los abogados hay mucha más mediocridad e irresponsabilidad; este simplemente es un análisis de optimización financiera frente a los riesgos tributarios para que el contribuyente tome la mejor decisión.