Millennial´s power


Ad portas de una nueva reforma tributaria me estuve planteado hacer una propuesta dirigida al nuevo ministro de hacienda Alberto Carrasquilla, pero como no tenía algún medio expedito para contactarlo más allá de un mensaje de correo a una bandeja genérica del Ministerio Hacienda, que con toda la burocracia quién sabe si llegaría al destinatario, decidí entonces indagar quien era el recién posesionado viceministro técnico de hacienda Luis Alberto Rodríguez; al ver su foto, pude presumir que se trataba de una persona joven y que la podía encontrar fácilmente en redes sociales, y así fue, recibió personalmente mi mensaje y me devolvió un mensaje en respuesta a mi propuesta.

Una de las grandes dificultades de nuestro sistema tributario es la lentitud para resolver las controversias con la DIAN, en principio eso tiene una razón de ser, y es que no tiene sentido que la misma entidad que investiga, acusa y sanciona sea la misma que resuelva los recursos por las inconformidades de los contribuyentes. Esta, es una de las grandes razones por la que no siempre es una idea aconsejable litigar, porque si hay una realidad que brille en las pymes, que conforman el 80 % del tejido empresarial, es la incertidumbre; hoy una pyme puede estar muy bien financieramente, pero dentro de 12 años que dura un litigio ¿en qué estado estará?, sabiendo que si es desfavorable el fallo tendrá que asumir unos intereses, sanciones, actualización de sanciones y expensas de un proceso tributario que fácilmente pueden superar el 100 % del valor a pagar inicialmente, y lo peor, es que no es deducible. Es por eso, que dilatar un proceso tributario hoy en día, como hacen en otras ramas del derecho, es poco recomendable, porque mientras usted discute hay muchos indicadores porcentuales muy altos que están corriendo y acumulándose en su contra. 

Por ejemplo: supongamos que 100 pesos es el mayor valor a pagar inicial que es discutido por la DIAN, la sanción de inexactitud es del 100 %, es decir, total 200. Pero la sanción se va acumulando año a año de acuerdo con la inflación, partiendo de que la inflación promedio anual durante cada año después de interpuesta la sanción sea 3 %, entonces, 3 x 12 años de litigio: 36 %, 100 x 36 %: 36 (eso sin contar que es una actualización acumulativa y no nominal, es decir, el valor en realidad es mayor); total 236 (200 + 36). Todo no termina aquí, sigue los intereses que se calculan desde el momento en que venció la obligación de pago, intereses que se suspenden 2 años después de admitida la demanda en primera instancia, pero mientras llega a ese momento procesal, pudieron haber transcurrido normalmente 5 años, así que, calculando con una tasa de interés de usura promedio de 32 % EA (la tasa para mora de impuestos es prácticamente la misma), es decir, 100 x 32 % = 32 x 5 años: 160, total 160 + 236: 396. Conclusión, al final de 12 años de litigio tributario, que es el promedio del trámite para llegar a una sentencia de segunda instancia, para una sanción de la DIAN donde se proponía en principio pagar 200 (100 impuesto dejado de pagar y 100 sanción), termino pagando 396 y eso sin incluir expensas (gastos de proceso y honorarios del abogado que durante 12 años puede ser de 50 hasta 100), es decir, el gran total es 496 pesos frente a 200. Por lo que vemos, el costo de dilatar es extremadamente oneroso, y eso sin contar el efecto de su no deducibilidad que requiere otra publicación para explicarlo, pero que es muy oneroso también. Obviamente, esta es la cuenta que financieramente no quiere mostrar ningún abogado que le interese generar un litigio para facturar honorarios, o algunos no la saben hacer, porque se enfocan demasiado en el aspecto jurídico sin medir impactos económicos.

Aclaro que, en todo caso, sé que es poco probable que una propuesta enviada por un ciudadano sea acogida, pero me queda la satisfacción de que aporte “mi grano de arena” en esta próxima reforma tributaria. A continuación, publico el mensaje enviado al viceministro:

Mensaje para el ministro de hacienda Alberto Carrasquilla y/o el viceministro técnico de hacienda Luis Alberto Rodríguez

"ASUNTO: Sugerencia para simplificar el sistema tributario

Doctor Carrasquilla, soy asesor tributario, y si realmente quiere dar un salto cuantitativo que mejore la eficiencia en materia de tributos en Colombia y aumente la inversión, le ruego que haga caso a una de las sugerencias de la última Comisión de Expertos Tributarios, que consiste en dividir la DIAN en dos entes, uno encargado de las fiscalizaciones y liquidaciones, y otro, encargado de los conceptos y la resolución de recursos. No puede ser posible doctor Carrasquilla que el 90 % de las discusiones en materia de procedimiento tributario ante la DIAN (dato de la última Comisión de Expertos Tributarios) se resuelvan desfavorablemente al contribuyente, pero que, en el Consejo de Estado, después de litigios que duran de 10 hasta 18 años para llegar a segunda instancia, la DIAN pierda el 50 % de los litigios (dato de la última Comisión de Expertos). Eso quiere decir, que el procedimiento tributario solo es un requisito inocuo, desgastante y burocrático donde unos funcionarios acolitan las actuaciones ilegales de otros. El hecho de separar la DIAN en dos entes independientes permite que uno le haga contrapeso y control al otro, y los contribuyentes, al existir tanta densidad normativa en materia tributaria, tendremos más certeza y prontitud en las controversias sin necesidad de llevarlo a un largo litigio, ¿qué inversión aguanta una contingencia por litigios ante la DIAN que duran tanto tiempo? No puede ser que un contribuyente a estas alturas no tenga certeza y aun este discutiendo si tiene derecho a los beneficios de los contratos de estabilidad jurídica que se firmaron durante su último ejercicio como ministro de hacienda, porque la DIAN ilegalmente los objeta por múltiples razones, y el Consejo de Estado, después de muchos años, en la mayoría de los casos, falla a favor del contribuyente. ¿Qué necesidad hay de discutir algo tan claro por tanto tiempo?

La anterior modificación ha sido realizada en países de Latinoamérica como Perú, dando muy buenos resultados tanto en seguridad jurídica para contribuyente como en eficiencia de recursos para el Estado, ya que se destinan menos funcionarios a litigios y más a hacer fiscalizaciones o perseguir evasores; además, descongestiona una de las Jurisdicciones históricamente más saturadas de la Nación, la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. También, fue una medida que se tomó hace muchos años con mucho éxito en países con sistemas tributarios más organizados como el español.

Este tipo de ideas, en épocas de austeridad, pueden generar un impacto importante en el sistema tributario sin invertir muchos recursos.

LUIS FELIPE ZULUAGA MONARES
Medellín, Colombia."